JokerBet
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Documento que describe los procedimientos de prevención de lavado de activos y verificación de identidad aplicados por JokerBet.

Política AML / KYC de JokerBet

Política de prevención de lavado de activos (AML) y verificación de identidad (KYC) de JokerBet en Argentina

Description (D): Política oficial de prevención de lavado de activos (AML) y verificación de identidad (KYC) de JokerBet en Argentina: identificación de clientes, debida diligencia, monitoreo de operaciones y reporte de actividad sospechosa.

H1: Política AML / KYC de JokerBet

  1. Introducción y base normativa

JokerBet opera como sujeto obligado en los términos del artículo 20, inciso 3 de la Ley 25.246 de la República Argentina. En consecuencia, aplica una política formal de prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (LA/FT), conforme a las disposiciones de la Unidad de Información Financiera (UIF), en particular la Resolución UIF 199/2011 y su actualización mediante la Resolución UIF 194/2023.

Esta política establece los procedimientos mínimos de identificación de clientes, evaluación de riesgo, monitoreo de operaciones y reporte de actividad sospechosa que JokerBet aplica en el marco de sus actividades de juego. El diseño de los controles internos sigue el enfoque basado en riesgo exigido por la normativa vigente y se alinea con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/FATF).

La regulación del juego en Argentina es competencia exclusiva de cada jurisdicción provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. JokerBet adapta sus procedimientos operativos a los requisitos técnicos y de licenciamiento de cada jurisdicción donde opera, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa UIF de alcance nacional.

  1. Sujetos alcanzados por esta política

Esta política aplica a:

  • Todos los usuarios que soliciten registrarse o que mantengan una cuenta activa en JokerBet.
  • Directores, gerentes, empleados y colaboradores de JokerBet, incluyendo personal tercerizado, quienes están sujetos a controles de idoneidad e integridad conforme a la normativa UIF.

3. Procedimientos de verificación de identidad (KYC)

3.1 Activación del proceso KYC

El momento en que se activa la obligación de verificación de identidad depende del canal de juego:

  • Juego en línea: al momento del registro del usuario.
  • Establecimientos físicos: al cobrar premios, convertir valores o cambiar fichas por dinero, cuando la operación alcanza o supera el equivalente a 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM).

3.2 Documentación requerida

Para completar el proceso de verificación, el usuario debe presentar:

  • Documento de identidad oficial con fotografía emitido por autoridad competente (DNI o equivalente).
  • Comprobante de domicilio actualizado, cuando corresponda según el nivel de riesgo asignado.
  • Información sobre la titularidad de los medios de pago utilizados.
  • Declaración jurada o información sobre actividad económica y origen de fondos, en los casos en que se aplique debida diligencia media o reforzada.

JokerBet conserva copia de la documentación presentada conforme a los plazos de retención establecidos por la normativa UIF.

3.3 Verificación electrónica (e-KYC)

La normativa vigente permite la aplicación de procedimientos de identificación electrónica. JokerBet puede utilizar mecanismos de e-KYC para validar la identidad del usuario, incluyendo verificación biométrica y controles de vivacidad (liveness), en los casos en que resulte aplicable según los requisitos técnicos de la jurisdicción correspondiente.

4. Niveles de debida diligencia

JokerBet clasifica a cada usuario según un perfil de riesgo y aplica el nivel de debida diligencia correspondiente:

  • Riesgo simplificado: verificación básica de identidad y monitoreo estándar de operaciones.
  • Riesgo medio: verificación de identidad completa e información sobre origen de fondos.
  • Riesgo reforzado: verificación exhaustiva, declaración de fuente de riqueza, monitoreo intensificado y posible intervención del oficial de cumplimiento.

La calificación de riesgo puede modificarse en función de la actividad del usuario, el volumen de operaciones, el uso de medios de pago, patrones de comportamiento detectados u otros factores de alerta.

5. Impedimentos para operar

Si un usuario no proporciona la documentación o información requerida en el plazo establecido, JokerBet aplicará las siguientes restricciones:

  • Suspensión del proceso de registro o de la relación de negocio hasta que se complete el KYC.
  • Retención del cobro de premios, conversión de valores o cambio de fichas por dinero hasta que se acredite la identidad conforme a la normativa.
  • Cierre o bloqueo de la cuenta en caso de negativa reiterada o imposibilidad de verificación.

La falta de identificación conforme a la normativa UIF constituye un impedimento legal para iniciar o mantener cualquier relación de negocio.

6. Monitoreo de operaciones y reporte

JokerBet implementa sistemas de monitoreo continuo de la actividad de los usuarios. Este monitoreo incluye:

  • Detección de patrones de operación inusuales o inconsistentes con el perfil del usuario.
  • Control de transacciones fragmentadas, uso de terceros o estructuras que puedan indicar intentos de evasión de controles.
  • Verificación permanente del Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).

Cuando se detectan señales de alerta definidas por la UIF, JokerBet está obligado a presentar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la UIF, sin necesidad de comunicarlo al usuario involucrado. Adicionalmente, JokerBet presenta reportes sistemáticos mensuales y anuales conforme a la normativa vigente.

7. Oficial de cumplimiento y estructura interna

JokerBet cuenta con un oficial de cumplimiento designado, responsable de supervisar la aplicación de esta política, coordinar auditorías internas periódicas y garantizar la formación continua del personal en materia de prevención de LA/FT. Los controles internos son revisados regularmente para asegurar su adecuación a los cambios normativos.

8. Relación con el juego responsable

Los procedimientos KYC y AML de JokerBet se integran con las obligaciones de juego responsable establecidas por los entes reguladores provinciales. La verificación de identidad contribuye al control de acceso por edad, a la aplicación de límites de juego y al funcionamiento de los mecanismos de autoexclusión disponibles para los usuarios.

9. Modificaciones a esta política

JokerBet puede actualizar esta política en cualquier momento para reflejar cambios en la normativa UIF, en los requisitos de los entes reguladores provinciales o en los estándares internacionales aplicables. Las modificaciones entran en vigor desde su publicación. El uso continuado de los servicios implica la aceptación de la versión vigente de esta política.